Art. 5
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 5

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En vigor desde 8 jul 2026
En el marco de lo dispuesto en este decreto-ley, la acreditación del régimen de Vivienda Asequible equivaldrá a la concesión de licencia de primera ocupación o a la toma de conocimiento del título habilitante de naturaleza urbanística por parte de la Administración local.

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BORM-s-2026-90179#art-5