Art. 3
Título TÍTULO II

Art. 3

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En vigor desde 15 mar 2025
Los proyectos residenciales estratégicos reúnen en un único instrumento el contenido del plan de ordenación y los proyectos de reparcelación y de urbanización, a fin de obtener suelo urbanizado con uso residencial en el menor tiempo posible mediante una única tramitación urbanística y ambiental.
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eli/es-ib/dl/2025/03/14/3#art-3