Art. 3

Art. 3

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En vigor desde 31 mar 2022
Se habilita al Departamento de Educación, mediante los órganos de participación en la programación de la oferta educativa y en el proceso de admisión, así como las unidades de detección, para entregar los datos a los entes locales para el ejercicio de las competencias en materia de planificación y prevención de la segregación escolar. Se facilitarán datos mediante extracciones específicas de los sistemas de información: – Datos de características personales: Sexo. Año de nacimiento. Nacionalidad. País de nacimiento. – Datos de residencia: Tipo de vía pública. Nombre de la vía pública. Número de la vía pública. Municipio de residencia. Código postal. – Datos educativos: Código de centro educativo. Código de la enseñanza matriculada. Nivel de la enseñanza matriculada. Existencia de necesidades específicas de apoyo educativo (sí/no). Tipo de necesidades específicas de apoyo educativo relacionadas con situaciones familiares, sociales, culturales o económicas o de desventaja social.
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