Art. 6
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

6 / 50
En vigor desde 9 mar 2021
Al menos una vez al semestre, la consejería competente en materia de fondos europeos deberá informar a la Asamblea de Extremadura sobre la situación de la programación y/o ejecución de los distintos fondos europeos de su competencia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/dl/2021/03/03/3#art-6