Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 39
39 / 50En vigor desde 9 mar 2021
1. Los contratos basados en un acuerdo marco para la aplicación de trabajos financiados con cargo a los fondos europeos no se formalizarán en ningún caso.
2. Corresponderá a los órganos de contratación que adjudiquen los contratos basados en un acuerdo marco la responsabilidad de velar por la correcta ejecución de los mismos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/dl/2021/03/03/3#art-39