Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 21 jun 2021
Se faculta al Gobierno de Aragón y a la persona titular del Departamento de Hacienda y Administración Pública para dictar cuantas disposiciones fueran necesarias para el desarrollo y ejecución de este Decreto-ley.

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BOA-d-2021-90225#disposicion-final-primera