Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición final decimotercera
59 / 60En vigor desde 17 feb 2024
1. Las determinaciones incluidas en los artículos comprendidos desde el 25 hasta el 33, ambos inclusive, del Capítulo IV relativas a medidas en materia de contratación podrán ser modificadas mediante normas de carácter reglamentario.
2. Las determinaciones incluidas en las normas reglamentarias que son objeto de modificación en el presente Decreto-ley podrán ser modificadas por normas del rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.
Se renumera por el art. 72.4 del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero. Ref. BOJA-b-2024-90030 Su anterior numeración era disposición final duodécima.
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2021-90075#disposicion-final-decimotercera