Art. Undécima

Art. Undécima

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En vigor desde 18 feb 2021
Estas subvenciones serán compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

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DOGV-r-2021-90064#undecima