Art. Cuarta

Art. Cuarta

13 / 26
En vigor desde 18 feb 2021
1. La solicitud se tendrá que presentar de manera telemática en la sede electrónica de la Generalitat, a través del procedimiento habilitado al efecto (http://sede.gva.es), accediendo a la GUÍA PROP, «Trámites y servicios». Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento diferente del descrito aquí, será inadmitida. Solamente se presentará una solicitud por empresa. 2. Para la tramitación telemática se tendrá que disponer de firma electrónica avanzada, con un certificado admitido por la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es). 3. El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el 1 de marzo de 2021 y finalizará el 15 de marzo de 2021.

Tus anotaciones

Pro

DOGV-r-2021-90064#cuarta