Art. 47
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 47

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En vigor desde 1 ene 2018
Corresponde a la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de servicios sociales: a) El registro, instrucción y resolución de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. b) El desarrollo de protocolos de coordinación necesarios para la adecuada aplicación de las medidas establecidas en el presente Decreto-ley. c) El desarrollo de planes de trabajo para la ejecución a nivel provincial o local de las actuaciones definidas en los correspondientes protocolos de coordinación interconsejerías. d) El traslado de expedientes interprovinciales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Pro

BOJA-b-2017-90529#art-47