Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional segunda
15 / 18En vigor desde 30 jul 2020
Se declaran vigentes los artículos 8 y 9, y la disposición adicional primera del Decreto-ley 11/2020 de 7 de abril, por el que se adoptan medidas económicas, sociales y administrativas para paliar los efectos de la pandemia generada por la COVID-19 y otras medidas complementarias.
Los preceptos expresados en el apartado anterior mantendrán su vigencia mientras se mantenga activado el plan de actuación PROCICAT para emergencias asociadas a enfermedades transmisibles emergentes con potencial alto riesgo.
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Proeli/es-ct/dl/2020/07/28/29#disposicion-adicional-segunda