Capítulo CAPÍTULO XVI
Art. Disposición transitoria primera
85 / 115En vigor desde 18 dic 2021
Los procedimientos administrativos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto-ley relativos a la declaración o revocación de Municipios Turísticos de Andalucía y a las declaraciones de Lugares, Rutas, Itinerarios, Publicaciones, Obras Audiovisuales y Acontecimientos de Interés Turístico de Andalucía se tramitarán y resolverán con arreglo a lo dispuesto en el presente decreto-ley.
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ProBOJA-b-2021-90434#disposicion-transitoria-primera