Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO XVI

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 18 dic 2021
Las determinaciones incluidas en las normas reglamentarias que son objeto de modificación por este decreto-ley, podrán ser modificadas mediante normas de rango reglamentario.

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BOJA-b-2021-90434#disposicion-final-primera