Art. Disposición adicional primera
Capítulo CAPÍTULO XVI

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 18 dic 2021
La Dirección General con competencias en materia de calidad ambiental aprobará los nuevos modelos y formularios previstos en el articulado del Decreto 334/2012, de 17 de julio, por el que se regulan las entidades colaboradoras en materia de Calidad Ambiental en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este decreto-ley. Los nuevos modelos, su revisión y/o modificación, formularios, sello identificativo u hoja de informe en caso de ser necesaria, será aprobada mediante Resolución de la citada Dirección General y será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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