Título TÍTULO 1›Capítulo CAPÍTULO 2
Art. 9
9 / 32En vigor desde 18 jun 2020
9.1 Las subvenciones para programas de apoyo a la lucha contra la exclusión social y la desigualdad agravada por la crisis social derivada de la COVID-19, se otorgan para el fomento de acciones en los ámbitos siguientes: apoyo a la regularidad administrativa a través del acceso al mundo laboral, educativo, acogida de personas migrantes, refugiadas o retornadas e igualdad hombre-mujer en el ámbito del trabajo.
9.2 En el ámbito del apoyo a la regularidad administrativa a través del acceso al mundo laboral, se establecen cinco tipologías de acciones diferentes:
A1 (COVID-19). Proyectos de asesoramiento jurídico especializado de apoyo a los procesos de arraigo social que deben incluir obligatoriamente la oferta de asesoramiento jurídico en materia de extranjería y el acompañamiento personalizado para la tramitación de la documentación laboral, penal y de extranjería, ya sea ante cualquier instancia necesaria para alcanzar el arraigo social.
A2 (COVID-19). Proyectos de apoyo técnico a la preparación de proyectos de autoempleo de personas en situación de irregularidad administrativa para que puedan alcanzar el arraigo social mediante el trabajo por cuenta propia.
A3 (COVID-19). Proyectos de apoyo a la mejora de la empleabilidad de personas extranjeras en situación de irregularidad administrativa mediante el cooperativismo que podrán incluir el diseño del proyecto cooperativo, el apoyo a la gestión técnica y administrativa de las cooperativas y el apoyo a la creación de nuevos puestos de trabajo.
A4 (COVID-19). Proyectos de apoyo a la formación para la mejora de la empleabilidad de personas extranjeras en situación de irregularidad administrativa en el sector del trabajo de cuidados y del hogar con prácticas en centros formativos, incluyendo formación para la prevención de la violencia machista en el ámbito laboral.
A5 (COVID-19). Apoyo a proyectos de formación para la mejora de la empleabilidad de personas extranjeras en riesgo de caer en la irregularidad sobrevenida, que tendrán que incluir necesariamente la mejora de las competencias lingüísticas básicas en lengua catalana, el conocimiento de la sociedad catalana y de su marco jurídico, incluyendo la igualdad hombre-mujer y la prevención de la violencia machista y formación práctica no laboral propia del sector al cual se dirigen, con el fin de dar lugar a informes de extranjería útiles para evitar la irregularidad administrativa.
9.3 En el ámbito educativo, se establecen tres tipologías de acciones diferentes:
B1 (COVID-19). Promoción de la red de apoyo social al aprendizaje para los niños y jóvenes hijos de familias migrantes, así como para sus familias creando un espacio común de interacciones y aprendizajes dónde multiplicar el conocimiento y asegurar el éxito educativo en el contexto de dificultades que se deriva de la epidemia COVID-19.
B2 (COVID-19). Promoción de la formación de familiares de alumnos de origen cultural diverso, con actuaciones que se realizarán en centros educativos de máxima complejidad y por medio de una programación anual de actividades formativas en las cuales actuarán como formadores o formadoras alumnado voluntario del centro, con conocimiento en las culturas de origen de estas familias.
B3 (COVID-19). Formación en programación TIC para alumnado de centros educativos de alta complejidad mayor de 14 años y para sus familiares adultos. Esta formación tendrá que estar estructurada por niveles, permitiendo el acceso con independencia del nivel competencial previo de los participantes, tendrá que estar orientada a la adquisición de competencias profesionales y tendrá que ser motivadora para la continuidad educativa. La oferta de estas actividades se tendrá que hacer en horario no lectivo y se tendrá que impartir en centros educativos públicos de secundaria.
9.4 En el ámbito de la acogida de personas migrantes, refugiadas o retornadas, se establecen tres tipologías de acciones diferentes:
C1 (COVID-19). Prestación de los módulos formativos A.1, B y C del Servicio de Primera Acogida en formato presencial, con un mínimo de 90, 15 y 15 horas lectivas, respectivamente.
C2 (COVID-19). Prestación de los módulos formativos A.1, B y C del Servicio de Primera Acogida en formato no presencial, con un mínimo de 90, 15 y 15 horas lectivas, respectivamente, y con un máximo de 15 horas de formación en competencia digital, si procede.
C3 (COVID-19). Prestación del módulo A.3 de alfabetización en formato no presencial, con un mínimo de 120 horas lectivas y con un máximo de 15 horas de formación en competencia digital, si procede.
9.5 En el ámbito de la igualdad hombre-mujer en el ámbito del trabajo, se establece una única actuación:
D1 (COVID-19). Planes de igualdad hombre-mujer en empresas u organizaciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/dl/2020/06/16/25#art-9