Art. 1
1 / 8En vigor desde 18 jun 2020
1.1 Este artículo es aplicable al personal del Instituto Catalán de la Salud que ha prestado servicios de forma efectiva en la lucha contra la COVID-19 entre el 1 de marzo y el 31 de mayo de 2020, ya sea de forma presencial o en la modalidad de teletrabajo, siempre y cuando en este último caso, se hayan desarrollado actividades previstas en los protocolos aprobados por las entidades como actividades dirigidas a gestionar la pandemia.
1.2 El personal al que hace referencia el apartado anterior percibirá una cuantía única en concepto de productividad extraordinaria que guardará proporcionalidad con el tiempo de trabajo presencial, con los importes individuales siguientes:
% de trabajo presencial < 50 % 50 % - 80 % > 80 % Personal facultativo. 1.000 euros 1.200 euros 1.350 euros Personal de enfermería. 800 euros 1.000 euros 1.150 euros Personal residente facultativo. 700 euros 800 euros 1.000 euros Personal residente de enfermería. 500 euros 600 euros 800 euros Personal técnico sanitario (TSS y TCAI). 350 euros 450 euros 500 euros Resto de personal. 350 euros 400 euros 450 euros
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Proeli/es-ct/dl/2020/06/16/24#art-1