Art. 17
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 17

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En vigor desde 16 sept 2020
Las notificaciones de los actos relativas al procedimiento de resolución de los expedientes de ayudas reguladas en este Decreto-ley se realizarán de forma individual, a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica habilitada para la práctica de notificaciones electrónicas http://www.andaluciajunta.es/notificaciones.

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BOJA-b-2020-90380#art-17