Art. 27
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 27

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En vigor desde 30 jul 2020
Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en el presente, la persona titular de la Dirección General de Planificación, Instalaciones y Eventos Deportivos.

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BOJA-b-2020-90326#art-27