Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 25 jun 2022
Por los órganos competentes en materia de medio ambiente se tramitarán y, en su caso, se aprobarán, en el plazo máximo de dos años, conforme a la normativa vigente que haya de regir, las disposiciones y resoluciones necesarias para autorizar las instalaciones del centro de tratamiento de residuos urbanos para la provincia de Salamanca, en el término municipal de Gomecello, y del centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora).

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