Art. Disposición final única

Art. Disposición final única

5 / 5
En vigor desde 23 mar 2021
Este Decreto-ley entrará en vigor en el momento de su publicación en el «Boletín Oficial de las Illes Balears».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/dl/2021/03/22/2#disposicion-final-unica