Art. Disposición final cuarta
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 5 feb 2021
Se mantiene el rango de las disposiciones reglamentarias modificadas por este decreto-ley. Las determinaciones incluidas en dichas disposiciones podrán ser modificadas y derogadas por normas del rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran, sin perjuicio de las habilitaciones específicas que en las mismas se contemplan.

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BOJA-b-2021-90044#disposicion-final-cuarta