Art. Disposición adicional única

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 2 feb 2020
El plan especial de los terrenos del ParcBit que prevé el apartado 2 de la disposición adicional novena de la Ley 12/2017, o el instrumento de ordenación correspondiente, debe recoger las actividades de las empresas que, en el momento en que entre en vigor este Decreto-ley, ocupen el ParcBit, así como las actividades para proyectos futuros definidos en el artículo 2.
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