Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición final primera

104 / 112
En vigor desde 28 dic 2019
Se habilita a los Consejeros competentes en las respectivas materias, para aprobar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones reglamentarias cuya aprobación debe hacerse mediante Orden según este Decreto-Ley, y las que resulten necesarias para su aplicación y desarrollo.

Tus anotaciones

Pro

BORM-s-2019-90599#disposicion-final-primera