Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 31 dic 2024
Constituye el objeto de este Decreto-ley establecer las medidas urgentes precisas para las siguientes finalidades: a) La ejecución de la totalidad de las sentencias dictadas en relación con los concursos convocados en el marco del Decreto 124/2010, de 22 de junio, que se detallan en el anexo I, con la máxima celeridad y seguridad jurídica. b) El impulso de la actividad de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón resolviendo la situación fáctica de bloqueo de nuevas actuaciones derivada de la elevada conflictividad suscitada por los últimos procedimientos de priorización y autorización tramitados. c) La regulación, para facilitar la viabilidad financiera de las actuaciones recogidas en los anexos II y III, de la sustitución de los compromisos adicionales y voluntarios a los que se refiere la letra e) del apartado segundo del artículo 4 del Decreto 124/2010, de 22 de junio, por otras actuaciones ambientales o productivas. d) La regulación de los procedimientos de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica con una potencia instalada superior a 500 kW e igual o inferior a 50 MW, conectadas a la red de transporte o distribución eléctrica en la Comunidad Autónoma de Aragón, en el marco de la normativa básica estatal. Se modifica la letra d) por la disposición final 4.1 de la Ley 5/2024, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-1392#df-4 Se modifica la letra d) por la disposición final 10.1 de la Ley 1/2021, de 11 de febrero. Ref. BOE-A-2021-4247#df-10

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Pro

BOA-d-2016-90453#art-1