Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final cuarta
34 / 37En vigor desde 6 mar 2013
1. Se modifica el artículo 26 del Decreto 76/2010, del Consell, con la siguiente redacción:
«Comisión Asesora de Implantes.
1. La Comisión Asesora de Implantes (CAI), tendrá la siguiente composición permanente:
a) Cuatro representantes de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, asumiendo uno de ellos la secretaría de la comisión, designados por el director general de Farmacia y Productos Sanitarios.
b) Dos representantes de la Dirección General de Asistencia Sanitaria designados por el director general de Asistencia Sanitaria.
c) Hasta cuatro asesores clínicos expertos en la tipología de los productos objeto de estudio, de acuerdo con los temas a tratar en cada caso, designados por el Secretario Autonómico para la Agència Valenciana de Salut.
d) Máximo de tres miembros no permanentes, cuando por razones de oportunidad así lo considere la comisión designados por el Secretario Autonómico para la Agència Valenciana de Salut.
2. Funciones de la Comisión Asesora de Implantes:
a) Dar soporte técnico a la Agència Valenciana de Salut para la elaboración, modificación y actualización de la cartera de servicios ortoprotésicos internos.
b) Velar por la calidad de los implantes quirúrgicos utilizados en el ámbito de la presente norma.
c) Informar la normativa de desarrollo de la presente legislación.
d) Asesorar a la central de contratación en el aspecto técnico de los implantes.
e) Determinar las indicaciones de utilización de implantes para cada tipo de intervención y establecer criterios de priorización.
f) Elaborar informe periódico de la utilización de productos a través del registro de implantes de la Agència Valenciana de Salut del sistema Hera».
Tus anotaciones
ProDOGV-r-2013-90037#disposicion-final-cuarta