Capítulo CAPÍTULO III
Art. 6
6 / 8En vigor desde 21 may 2020
En relación con todas las sociedades cooperativas cuyo cierre económico sea posterior al 14 de septiembre de 2019 y anterior al día siguiente de la finalización del estado de alarma, los libros se pueden legalizar hasta el 31 de diciembre del 2020.
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Proeli/es-ct/dl/2020/05/19/19#art-6