Art. Disposición adicional tercera
Capítulo CAPÍTULO 2

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 31 dic 2019
En el ámbito del Área Metropolitana de Barcelona el factor de localización aplicable al precio de venta básico para calcular el precio de venta máximo de una vivienda con protección oficial a que hace referencia el artículo 83 bis de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, tiene que ser único.
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