Capítulo CAPÍTULO II
Art. 4
4 / 36En vigor desde 11 ago 2021
1. Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, se extinguirá en un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de este Decreto-ley.
2. Se procederá a la cesión e integración global, en unidad de acto, de todo su activo y pasivo en la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), en los términos que establezca el Acuerdo de Consejo de Gobierno que haga efectiva esta extinción, que le sucederá universalmente en todos sus derechos y obligaciones, realizándose esta operación una vez consumada la constitución efectiva de la Agencia.
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2021-90321#art-4