Capítulo CAPÍTULO II
Art. 11
11 / 36En vigor desde 11 ago 2021
1. Desde la entrada en vigor de sus Estatutos, la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) quedará subrogada en las relaciones jurídicas, derechos y obligaciones de los que es titular la Agencia Andaluza del Conocimiento en aquellas materias cuya gestión le resulta asignada. Igualmente, quedará subrogada en todas las relaciones jurídicas, derechos y obligaciones de los que es titular la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), salvo los que se vinculan a los fines que se recogen en el artículo 15.
2. La Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) quedará subrogada automáticamente en todas las relaciones jurídicas, derechos y obligaciones que tuvieran «EXTENDA-Empresa Pública Andaluza de Promoción Exterior, S.A.», y Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, con sus acreedores a la fecha de cesión global de su activo y de su pasivo y a la fecha de adopción del acuerdo de extinción, respectivamente.
3. La Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) se subroga, asimismo, en los derechos y obligaciones derivados de los contratos de trabajo del personal laboral proveniente de las entidades objeto de integración y, en su caso, de sus convenios colectivos vigentes, así como de los acuerdos derivados de la interpretación de los mismos, dentro de los límites legales aplicables, hasta la aprobación de un nuevo convenio colectivo de aplicación para todo el personal, previo proceso de negociación colectiva con los representantes de los trabajadores y cumpliendo los requisitos que se establecen en los artículos 18 y 24 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.
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ProBOJA-b-2021-90321#art-11