Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 19En vigor desde 16 jul 2021
1. Loteries de Catalunya, SAU se rige por sus Estatutos, aprobados por el Ac uerdo GOV/84 /2021, de 15 de junio, por el texto refundido de la Ley de sociedades de capital, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio, por la legislación reguladora del patrimonio de la Generalitat de Catalunya, por la legislación vigente en materia de finanzas públicas de Cataluña y por la legislación reguladora de las entidades del sector público, leyes de presupuestos, y el resto de disposiciones normativas de aplicación.
2. Loteries de Catalunya, SAU es una sociedad de capital, anónima y unipersonal, constituida con carácter indefinido, con tenencia íntegra de su capital social por parte de la Administración de la Generalitat de Catalunya o de su sector público.
3. La determinación de los ingresos de Loteries de Catalunya, SAU derivados de sus actividades de gestión por cuenta de la Generalitat se rigen por el contrato programa a suscribir entre la sociedad y la Administración de la Generalitat.
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Proeli/es-ct/dl/2021/07/13/16#art-2