Capítulo CAPÍTULO I
Art. 24
24 / 41En vigor desde 16 jun 2020
1. La entidad beneficiaria deberá presentar la justificación de la subvención ante el órgano concedente en el plazo máximo de dos meses a contar desde la finalización del proyecto.
La modalidad de justificación será Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto. El contenido de la memoria económica justificativa, será el siguiente:
a) Informe justificativo de las actuaciones realizadas en el marco del proyecto.
b) Informe económico con la relación de las personas contratadas y de las personas sustitutas en su caso, indicando la duración del contrato, su grupo de cotización y el importe ejecutado respecto a cada una de ellas. La ejecución de los contratos del proyecto deberá ajustarse a la distribución económica acordada en la resolución de concesión sin que exista la posibilidad de compensar cuantías entre los mismos.
2. A la memoria económica justificativa, se acompañará, además, la siguiente documentación:
a) Contratos de trabajo de las personas contratadas y de sus sustitutas, en su caso.
b) Autorización para la consulta del informe de vida laboral/Informe de vida laboral de las personas contratadas y de sus sustitutas, en su caso.
c) Informe de datos para la cotización (IDC), en los supuestos de aquellas personas que hayan estado en situación de IT por un periodo de más quince días consecutivos.
d) Certificado de haber registrado en su contabilidad la subvención total obtenida con expresión del número de asiento contable.
e) Acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria donde se realiza el pago de la subvención.
f) Documentación que acredite la entrega a las personas contratadas de las prendas que las identifican conforme lo establecido en el artículo 10.2.c).
g) Documentación que acredite la entrega a las personas contratadas del compromiso de participación en las acciones de orientación.
h) Copias digitalizadas de cuadernos de seguimiento y certificados individuales de la experiencia profesional de las personas participantes en la Iniciativa. Esta documentación será entregada al Servicio Andaluz de Empleo, para el correspondiente registro en el Sistema de Justificación Genérica del SAE (SJG). El Servicio Andaluz de Empleo remitirá a la entidad reporte de la entrega efectiva de la citada documentación, y será el encargado de cumplimentar estos trámites en el sistema de Seguimiento y Justificación Genérico del SAE (SJG).
i) Declaración responsable del cumplimiento de requisitos de la Garantía Juvenil de las personas participantes en el supuesto de contrataciones de personas del colectivo con edad comprendida entre 18 y 29 años.
j) Pruebas gráficas del cumplimiento de las obligaciones en materia de información y publicidad. Estas pruebas gráficas podrán consistir en fotografías del desarrollo de las actuaciones del proyecto en las que se acredite el cumplimiento de estas obligaciones en materia de información y publicidad y también en imágenes de las comunicaciones, información y publicidad realizada en cualquier medio de difusión en relación con la obra o servicio incentivado definidas en los términos regulados en el artículo 140 del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
k) Acreditación de la notificación, en su caso, a las entidades locales autónomas, en base a lo dispuesto en el artículo 10.2.g).
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2020-90226#art-24