Art. Disposición adicional tercera
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 9 jun 2020
La convocatoria de las subvenciones cuyas bases reguladoras se modifican en la disposición final sexta del presente decreto-ley deberán publicarse en el plazo máximo de 15 días desde la fecha de su entrada en vigor.

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BOJA-b-2020-90216#disposicion-adicional-tercera