Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final primera
20 / 37En vigor desde 12 sept 2020
Se añade un segundo párrafo al apartado 1 del artículo 62 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas, que queda redactado en los siguientes términos:
«No obstante, las explotaciones de energía geotérmica de muy baja entalpía estarán sujetas a comunicación previa».
Tus anotaciones
ProBOC-j-2020-90372#disposicion-final-primera