Art. Disposición derogatoria única
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ÚNICO

Art. Disposición derogatoria única

58 / 61
En vigor desde 29 ago 2020
1. Quedan expresamente derogados: a) El Decreto 177/2005, de 18 de noviembre, del Consell de la Generalitat, por el que se regula el procedimiento administrativo aplicable a determinadas instalaciones de energía solar fotovoltaica. b) El artículo 202.4.a.4.º de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, de la Comunitat Valenciana. c) El artículo 162 del Decreto 98/1995, de 16 de mayo, del Gobierno valenciano, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, forestal de la Comunidad Valenciana. 2. Quedan derogadas, asimismo, cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este decreto ley.

Tus anotaciones

Pro

DOGV-r-2020-90356#disposicion-derogatoria-unica