Art. 2
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 2

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En vigor desde 29 abr 2020
1. En los términos y condiciones que establece el artículo 47 de la Ley 16/2017, del 1 de agosto, del cambio climático, los plazos correspondientes a la exposición pública de los padrones provisional y definitivo correspondientes a los ejercicios 2019 y 2020 son los siguientes: 1.1 Para el impuesto correspondiente al ejercicio 2019: a) El padrón provisional se tiene que exponer del 1 al 15 de noviembre del 2020. b) El padrón definitivo se tiene que exponer del 1 al 15 de marzo del 2021. 1.2 Para el impuesto correspondiente al ejercicio 2020: a) El padrón provisional se tiene que exponer del 1 al 15 de octubre del 2021. b) El padrón definitivo se tiene que exponer del 1 al 15 de febrero del 2022. 2. Para el ejercicio 2020, el plazo de ingreso en periodo voluntario, al que se refiere el artículo 47 bis de la Ley 16/2017, comprende del 1 al 20 de abril del 2022, o el día hábil inmediatamente posterior.
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