Art. 40
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 40

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En vigor desde 28 jul 2020
Un importe equivalente a la cuantía de la ayuda percibida será destinada por las entidades beneficiarias a la práctica, en el momento de realizar la venta, de un descuento en el precio final, con IVA excluido, del 40%, en los bienes que, a continuación, se indican, los cuales deberán ser instalados por instaladores autorizados y además, para el caso de la línea de accesibilidad en viviendas, instalados en edificios residenciales tanto unifamiliares como residenciales, con la excepción de elevadores que serán instalados sólo en viviendas unifamiliares: – Línea de eficiencia energética en viviendas. 1.1 Aislamiento de fachadas: a) Bienes y/o productos: – Sistemas de aislamientos exterior y/o interior. – Insuflado dentro de las cámaras. b) Características técnicas: – Conductividad térmica específica menor o igual a 0,04W/mK. 1.2 Aislamiento de cubiertas: a) Bienes y/o productos: – Material necesario para modificar el sistema de cubierta y dotar a esta de un aislamiento de al menos 6 cm de espesor. – Material necesario para proyectado de la cara interior del forjado mediante un elemento aislante. – Mantas de elementos aislantes dispuestas en el suelo de las plantas bajo cubiertas de aislamiento de al menos 6 cm de espesor. b) Características técnicas: El material suministrado para el aislamiento de cubiertas, deberá tener una conductividad térmica específica menor o igual a 0,04W/mK. 1.3 Sustitución de carpintería existente e instalación de doble ventana: a) Bienes y/o productos: – Ventanas y dobles ventanas con doble acristalamiento de aislamiento térmico reforzado. b) características técnicas: Transmitancia del marco U < 2 W/m2K. Transmitancia del vidrio U < 3 W/m2K. La carpintería metálica será con rotura de puente térmico (R.P.T.) e igualmente de PVC o madera siempre que su transmitancia sea menor a 2 W/m2K. El vidrio será como mínimo doble con una transmitancia menor de 3 W/m2K. 1.4 Dispositivos de protección solar, concretamente: a) Bienes y/o productos: Toldos a instalar en huecos de puerta y/o ventana para protección solar, con un sistema de montaje fijo al hueco a proteger. b) Bienes y/o productos: Persianas enrollables exteriores, tanto de PVC como de aluminio, o madera que pueden estar además incorporadas en conjuntos de ventanas, o bien disponerse en huecos existentes. Se incluyen además las persianas alicantinas. Las formas de accionamiento que se recogen como presupuesto subvencionable serán cinta o cardan/manivela. 1.5 Instalaciones hidráulicas y/o sustitución de calderas individuales antiguas por calderas de condensación: a) Bienes y/o productos: – Caldera de condensación ACS, con un rendimiento superior para su instalación en sustitución de calderas individuales antiguas. – Estufas de biomasa b) Características técnicas: Las calderas de condensación serán necesariamente alimentadas por gas. 1.6 Aparatos de aire acondicionado: a) Bienes y/o productos: – Aparatos de aire acondicionado. b) Características técnicas: Deberán estar calificados como clase energética mínima A+ tanto para calefacción como para refrigeración e, igualmente, contar con tecnología inverter. 1.7 Suministro hidráulico, grifería y sanitario: a) Bienes y/o productos: – Griferías de lavabo, ducha, bidé y fregadero. – Descargador de cisterna. – Cisternas. – Reductores de presión. – Inodoros. – Sustitución de bañeras o platos de ducha, por nuevos platos de ducha b) Características técnicas: – La grifería debe tener un caudal máximo de 5 l/min a una presión de 2,5 bar. – Los descargadores de cisterna deben ser con doble pulsador. – Las cisternas deben ser de 7 litros de volumen de descarga máxima. – Los reductores de presión en deben garantizar una presión de servicio tarada. – Los inodoros deben tener mecanismo de descarga (máximo 7 l / 4 l). – Los platos de ducha preferiblemente deben quedar enrasados con el pavimento, o, en su defecto, presentar un resalto no superior a 5 cm. Presentarán cualidades antideslizantes y contarán con las pendientes de evacuación adecuadas. – Línea de mejora de accesibilidad de personas con movilidad reducida, la venta de: Bienes y/o productos: – Plataformas y salvaescaleras. – Materiales necesarios para la construcción/instalación de rampas prefabricadas de aluminio o acero. – Elevadores en viviendas unifamiliares.
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