Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

1 / 16
En vigor desde 3 dic 2022
1. Este decreto-ley tiene por objeto la aprobación de medidas urgentes necesarias para regular los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en el ámbito del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía y del personal estatutario y funcionario de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud; establecer medidas de agilización de los procedimientos de estabilización de empleo temporal en el ámbito del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía, del personal estatutario y funcionario de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y en el de la función pública docente de la Administración Educativa de la Junta de Andalucía; y adoptar, con carácter temporal, medidas en materia de selección de personal funcionario interino en la Administración General de la Junta de Andalucía. 2. En lo no previsto en este decreto-ley se aplicarán, en cada ámbito correspondiente, las normas generales de acceso a la condición de personal funcionario de carrera y estatutario fijo.

Tus anotaciones

Pro

BOJA-b-2022-90378#art-1