Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 18En vigor desde 26 ago 2020
1. Es objeto de este decreto ley el establecimiento de un régimen sancionador que garantice el cumplimiento de las medidas dictadas para la prevención de la Covid-19 en el en el ámbito de los servicios sociales valencianos.
2. El ámbito de aplicación de este decreto ley se corresponderá con el territorio de la Comunitat Valenciana.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/dl/2020/08/07/12#art-1