Capítulo CAPÍTULO I
Art. 15
15 / 33En vigor desde 4 jun 2021
Las notificaciones de los actos relativas al procedimiento de concesión de las medidas de ayudas reguladas en este Capítulo se realizarán de forma individual, a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica habilitada para la práctica de notificaciones electrónicas
http://www.andaluciajunta.es/notificaciones
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2021-90205#art-15