Art. 29
39 / 40En vigor desde 6 may 2020
1. Los datos personales recabados en este procedimiento serán tratados en su condición de responsable por la Secretaría General de Hacienda con la finalidad de llevar a cabo la tramitación administrativa que derive de la gestión de este procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su desarrollo. Tendrán la consideración de encargados del tratamiento las entidades colaboradoras y el Agente Financiero del Fondo.
El tratamiento de los datos se basará en el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poder público. No obstante, determinados tratamientos podrán fundamentarse en el consentimiento de las personas interesadas, reflejándose esta circunstancia en el formulario de solicitud.
2. Los datos serán comunicados a las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias, cuando sea necesario para la tramitación y resolución de sus procedimientos o para que la ciudadanía pueda acceder de forma integral a la información relativa a una materia.
3. A fin de darle la publicidad exigida al procedimiento, los datos identificativos de las personas interesadas serán publicados conforme a lo descrito en las presentes bases reguladoras a través de los distintos medios de comunicación institucionales de los que dispone la Junta de Andalucía, como diarios oficiales o páginas webs.
4. Las personas interesadas podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como ejercer otros derechos o retirar su consentimiento, a través de medios telemáticos o presencialmente en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2020-90149#art-29