Art. 10
20 / 40En vigor desde 6 may 2020
1. La Agencia IDEA actuará como entidad colaboradora de las subvenciones que tengan por objeto el pago de intereses y comisiones de los préstamos avalados con cargo al Fondo, a cuyo efecto participará en la gestión de las mismas, incluida la justificación y control.
2. Garántia podrá actuar, conforme al convenio que, en su caso, se suscriba, como entidad colaboradora de las subvenciones que tengan por objeto el pago de intereses y comisiones de los préstamos avalados por la misma, así como las comisiones de los avales prestados conforme a lo previsto en el Convenio de 31 de marzo de 2020, y sus adendas, a cuyo efecto participará en la gestión de estas subvenciones, incluida la justificación y control.
3. Como entidades colaboradoras, de acuerdo con lo previsto en el artículo 117 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, la Agencia IDEA y Garántia, según corresponda, efectuarán la verificación de la documentación aportada con las solicitudes, del cumplimiento de los requisitos previstos en estas bases para la obtención de la subvención y del cumplimiento de las finalidades de esta. En el caso de la Agencia IDEA, el alcance de la verificación, en su caso, de la operación financiera subyacente se hará según lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo y sus modificaciones con arreglo a la redacción definitiva dada por el Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19).
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2020-90149#art-10