Art. Disposición adicional primera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 26 jul 2020
Corresponderá a la persona titular de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública la competencia para resolver los recursos administrativos que se interpongan contra la resolución derivada del procedimiento sancionador regulado por este decreto ley.
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