Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 10 jul 2020
Este Decreto-ley entra en vigor el mismo día de su publicación en «Boletín Oficial de las Illes Balears» y produce efectos hasta que el Gobierno central declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
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