Título TÍTULO IV
Art. 78
78 / 100En vigor desde 17 jun 2020
Las prestaciones económicas tienen por objeto atender necesidades sociales derivadas de situaciones de urgencia social reguladas en el artículo 22.2 de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears.
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Proeli/es-ib/dl/2020/06/12/10#art-78