Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Proyecto educativo individual
Art. 66
66 / 100En vigor desde 17 jun 2020
1. El proyecto educativo individual es el documento que recoge los compromisos de itinerario hacia la autonomía personal que tiene que realizar el joven y los apoyos que tiene que recibir de los técnicos de la consejería competente en materia de servicios sociales.
2. Este documento tiene que estar pactado y firmado por una persona técnica encargada del seguimiento del PEI y por el joven.
3. El PEI siempre puede modificarse, de forma consensuada, a instancia del joven o de la persona técnica encargada del seguimiento.
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Proeli/es-ib/dl/2020/06/12/10#art-66