Art. 62
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Régimen económico y tramitación

Art. 62

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En vigor desde 17 jun 2020
En todos los casos, la consejería competente en materia de servicios sociales dictará y notificará la resolución motivada en el plazo de tres meses desde la fecha de la solicitud, o desde la resolución del trámite de enmiendas, si se tercia. Transcurrido este plazo sin que se haya notificado, se entenderá desestimada la solicitud.
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