Título TÍTULO V
Art. Disposición adicional quinta
44 / 53En vigor desde 31 jul 2024
A los efectos de la consecución de los objetivos en materia de vivienda protegida, la empresa pública "Viviendas Sociales e Infraestructuras de Canarias, S.A." (Visocan) tendrá la consideración de medio propio personificado de los cabildos insulares y de los municipios de Canarias, así como de los organismos y entidades, cualquiera que sea su régimen jurídico, vinculadas o dependientes de las mismas, debiendo cumplirse los requisitos previstos en los artículos 32 y 33 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Se añade por la disposición final 1.10 de la Ley 4/2024, de 26 de julio. Ref. BOE-A-2025-4912#df
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Proeli/es-cn/dl/2024/02/19/1#disposicion-adicional-quinta