Art. Disposición transitoria única
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria única

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En vigor desde 23 abr 2022
Las modificaciones establecidas en el presente decreto ley que afectan a la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables serán de aplicación a los procedimientos en trámite.

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DOGV-r-2022-90121#disposicion-transitoria-unica