Art. 12
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 12

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En vigor desde 23 abr 2022
Se modifica el apartado 3 de la Disposición adicional tercera de la Ley 1/2013, de 21 de mayo, de la Generalitat, de Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat, que queda con la redacción siguiente: «3. El personal laboral fijo o indefinido de cualquier de los entes del sector público que resultan extinguidos quedará integrado con esa misma condición en el ente que asuma sus funciones.»

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DOGV-r-2022-90121#art-12