Art. Primera
18 / 49En vigor desde 30 mar 2017
1. Constituye el objeto de las presentes bases reguladoras la concesión de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil mediante la bonificación del precio de los servicios de atención socioeducativa y de comedor escolar, determinados en el Decreto 149/2009, de 12 de mayo. El Programa de ayuda tiene carácter anual y, por tanto, las ayudas tendrán que solicitarse para cada curso escolar.
2. La bonificación del precio del servicio de atención socioeducativa se determinará en función del precio fijado por los centros adheridos al Programa de ayuda, siendo éste de una cuantía no superior a la establecida en el Anexo III para los centros de titularidad de la Junta de Andalucía, ni inferior a un 15% de la misma.
La bonificación del precio del servicio de comedor escolar se determinará en función del precio fijado por los centros adheridos al Programa de ayuda, que será el establecido en el Anexo III para este servicio en los centros de titularidad de la Junta de Andalucía.
3. Los centros a los que se refiere el apartado 1 podrán ser públicos, salvo los de titularidad de la Junta de Andalucía, o privados, que podrán adherirse al Programa de ayuda, de acuerdo a lo recogido en el Anexo II.
4. A los efectos de estas bases reguladoras se entiende por familia la unidad formada por una o varias personas que convivan con el niño o la niña en un mismo domicilio, siendo al menos una de ellas su representante legal, y se encuentren relacionadas entre sí:
a) Por vínculo de matrimonio o unión de hecho inscrita conforme a la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho.
b) Por parentesco de consanguinidad, adopción o afinidad hasta el segundo grado.
c) Por el inicio o modificación de otras formas de protección de menores.
5. La relación de parentesco se computará a partir de la persona para quien se solicite la ayuda.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el BOJA núm. 70 de 12 de abril de 2017. Ref. BOJA-b-2017-90331
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